Incremento del IGV: regreso al país de las contradicciones
• El sábado, el Congreso sancionó la Ley N° 28033, que formalizó el incremento transitorio de la tasa del Impuesto General a las Ventas (IGV) del 18% al 19%, la cual regirá desde el 1 de agosto del presente año hasta el 31 de diciembre de 2004. (Normas Legales) • La Célula Parlamentaria Aprista (CPA) presentó al Congreso un proyecto de ley para derogar la norma que aumentó el IGV. La bancada aprista considera que la sorpresiva medida fiscal afecta la precaria economía de millones de peruanos. La propuesta cuenta con el apoyo de congresistas de Unidad Nacional, el Grupo Parlamentario Democrático Independiente y la Unión Parlamentaria Descentralista. (Diarios) • El segundo vicepresidente de la República, David Waisman, se mostró en contra del aumento del IGV y dijo que tratará de convencer al Ejecutivo para que considere otras alternativas. Sin embargo, aclaró que no apoyará la propuesta aprista de derogar la norma. (Diarios) • El ministro de Transportes y Comunicaciones, Eduardo Iriarte, admitió que el aumento del IGV será recesivo en un inicio, pero solo hasta que se apruebe un reglamento tributario que permita que todos los contribuyentes sean agentes recaudadores del Estado y puedan utilizar parte del IGV a deducir del Impuesto a la Renta. (Gestión) • Entre las diversas imprecisiones que se produjeron en el discurso del primer ministro Merino el pasado viernes, destacó una que dio paso, justo al día siguiente, a la primera contradicción en el nuevo gabinete. Tras expresar la voluntad del gobierno de evaluar mejor el aumento del IGV, “para ser consecuente con los postulados de la Reforma Tributaria” que se ha planteado, el primer ministro ofreció volver al Congreso “con las propuestas o medidas para garantizar que al mismo tiempo que la estabilidad de nuestras cuentas fiscales está asegurada, la recaudación requerida se obtiene a través de impuestos equitativos y progresivos.” Sin embargo, al día siguiente se promulgó el aumento del IGV, con lo cual volvimos de inmediato a la realidad, la de las contradicciones diarias y la eterna permanencia en buenas intenciones • El verdadero problema es que el aumento del IGV no servirá para financiar el aumento de salarios, sino que permitirá al gobierno aumentar el gasto.Recordemos que el aumento del magisterio, la policía y las fuerzas armadas. Ya se financió con el aumento del ISC de combustibles, cigarrillos y cerveza (S/.187 millones) y las normas de austeridad (S/.350 millones).Ahora el gobierno ment tiene más gasto para este año y para el próximo, como si el objetivo de la política fiscal fuera mantener el déficit, en lugar de reducirlo.
¿Cuánto es el IGV en Perú?
La base legal de la Tasa del IGV está tipificada en el artículo 17 de la Ley del Impuesto General a las Ventas, aprobada por Decreto Supremo N° 055-99-EF y el artículo 1 – Ley N° 29666, donde la tasa del IGV es 18%, compuesto por 16% IGV y 2% Impuesto de Fomento Municipal.
Según un informe de Baker & McKenzie, nuestro país ocupa el cuarto lugar con el IGV más alto de Sudamérica y al mismo tiempo el Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), afirma que el IGV de nuestro país es el cuarto más alto de América Latina y el Caribe (ALC), junto con República Dominicana y Barbados en una muestra de 20 países.
¿Cómo calcular el IGV?
Índice
- ¿Cómo calcular el IGV?
- Fórmulas para calcular el Impuesto IGV
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Cómo calcular el IGV 18% en una calculadora
Para calcular el Impuesto General a las Ventas aplicaremos el 18% (Ej: IGV = Monto Base x 0.18)
Si sabemos cuál es el monto base total, donde se incluye el IVA sería el siguiente:
Segunda categoría:
Rentas de capital, tales como intereses de préstamos, regalías, patentes, dividendos y capital ganancias.
Las rentas del comercio, la industria y los servicios, así como las demás actividades empresariales que determine la ley del impuesto sobre la renta.